domingo, 10 de octubre de 2010

Gobernabilidad. Un tema de reflexión necesraio I

Paisaje andino, Venezuela. (Contribución HD)

En el mundo contemporáneo no basta que el origen del gobernante esté en el sufragio para qué se lo considere democrático, sino que tiene que cumplir con otros elementos esenciales para tener legitimidad democrática y garantizar que sea un “gobierno para el pueblo”. ¿Donde habrá usted escuchado esa afirmación anteriormente?

La Democracia exige respeto y garantía de los derechos humanos; Estos no pueden existir sino en Democracia y no hay Democracia si no se garantizan los Derechos Humanos, por más origen electivo que tengan los gobernantes. Tal es el caso de la legislación venezolana que, por ejemplo, en el Código Orgánico Procesal Penal, en su Artículo 10 legitima el respeto a la dignidad inherente al ser humano “…con protección de los derechos que de ella derivan” (COPP, 2002)

En el mundo contemporáneo la doctrina de los derechos humanos y su primacía se han convertido en parte importantes de la Democracia (Declaración Universal de los Derechos Humanos DUDH/ONU. 1948), al punto de que un régimen en el cual se violen los derechos humanos, es esencialmente antidemocrático.

En el caso por ejemplo que nos ocupa los derechos relativos a la vida política del individuo están consagrados a la libertad de opinión, participación, elección y fundamentación de la autoridad que rija el país, entre otros. Aun cuando no es la discusión de la legitimidad universal de los derechos humanos, si consagran para nuestro estudio la posibilidad inalienable de cuestionar o no la legitimidad y eficacia del gobierno y demandar la estabilidad del sistema.

Pero además, la Democracia exige que el acceso al poder y su ejercicio se realicen con sujeción al Estado de Derecho, es decir, respetándose la Constitución y las leyes.

El acceso al poder no solo se realiza a través de elección de los representantes, lo que debe hacerse con sujeción a lo establecido en la Constitución, sino también mediante la designación de los titulares de órgano con arreglo a la propia Constitución.

Por ello, es esencialmente antidemocrática tanto la usurpación de cargos electivos como el ejercicio de cargos públicos por titulares nombrados violándose los requisitos y normas constitucionales.

Pero además un elemento esencial de la democracia es el pluralismo político, de manera que todas las organizaciones y partidos políticos puedan tener efectiva posibilidad, no solos de acceder al poder, sino de participar políticamente en la conducción de la sociedad.

El gobierno democrático, además debe ser un gobierno para el pueblo en su conjunto y no para una parte o grupo político. Por tanto, sin pluralismo político no puede haber democracia siendo esta incompatible con un régimen de partido único o hegemónico o un Estado integrado por funcionarios al servicio de una parcialidad política.

Por otra parte la Democracia como régimen político exige mecanismos constitucionales que aseguren el control del poder, lo que implica por una parte un régimen de separación e independencia de los poderes públicos y por otra parte, un régimen de distribución territorial del poder.

El principio de la separación de poderes es tangencial en la Democracia como lo es el principio de la representación popular mediante el sufragio para el ejercicio de la soberanía.

Solo el poder puede controlar al poder y su ejercicio abusivo. En este caso el poder soberano del pueblo. Por lo que, cuando no existe la separación e independencia de los poderes no hay Democracia.

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